Canal Ético
Vilà Vila pone a disposición de las partes interesadas, en cumplimiento y bajo la protección de la Ley 2/2023, un canal de comunicación para la recepción de informaciones relacionadas con:
d’informacions relatives a:
- Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
- Acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, según lo dispuesto en el art. 2.1.a).
- Infracciones del Derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.
También se habilita el canal de comunicación para recibir informaciones que supongan un incumplimiento de la normativa legal vigente, así como para la recepción de cualquier duda, queja o sugerencia en materia de Cumplimiento.
Las comunicaciones realizadas serán recibidas y tramitadas por el Órgano Responsable del Canal (Rol Compliance Officer) y por el Órgano de Gobierno de Vilà Vila.
Si considera que alguna de las personas que recibirán su denuncia (Órgano Responsable del Canal u Órgano de Gobierno) es partícipe o está involucrada/implicada/enredada en los hechos denunciados, podrá bloquear la comunicación a este órgano, dejándolo fuera de la tramitación y búsqueda.
Vilà Vila prohíbe expresamente los actos constitutivos de represalia, incluyendo las amenazas de represalia y los intentos de represalia contra las personas que presenten una comunicación conforme a lo previsto en la Ley.
Se garantiza la máxima confidencialidad y el anonimato en los procesos de investigación de las informaciones recibidas y el tratamiento de las mismas con objetividad, imparcialidad y transparencia, sometiéndose a la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y cumpliendo la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informan sobre infracciones del Derecho de la Unión.
La identidad del informante será en todo caso reservada, no se comunicará a las personas a las que se refieren los hechos relatados ni a terceros no autorizados.
Al completar los formularios, debe tener en cuenta las siguientes reglas:
- La información suministrada debe ser veraz.
- No comparta datos personales de terceras personas ajenas a los hechos denunciados
- No comparta datos personales incluidos en las categorías especiales de datos (salud, ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico, etc., art. 9 LOPDGDD).
Una vez completado el formulario correspondiente, se generará un justificante de recepción que podrá imprimir o “guardar como PDF”.
Para obtener más información sobre los principios generales del procedimiento de gestión de las informaciones y el uso del canal, puede acceder a los siguientes documentos:
▷ Política del Canal: Clic aquí
▷ Procedimiento de gestión del Canal: Clic aquí
Las comunicaciones también se pueden realizar de manera externa a través de los canales externos de información ante las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea.
Estos canales pueden ser:
- Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.).
- Ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes.
- Ministerio Fiscal.
- Fiscalía Europea, en caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSE).
- Agencia Valenciana Antifraude
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